- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 124
Artículo 124 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un gobierno o autoridad te demanda, al momento de responder tienes derecho a elegir que todo el juicio se haga por internet (de forma digital). Para eso, al contestar, debes dar tu domicilio y un correo electrónico. El secretario del juzgado te entregará en persona los documentos de la demanda impresos y certificados. Si no quieres usar el juicio digital, puedes rechazarlo y responder por escrito en el juicio normal.
Texto oficial
Artículo 124. Cuando una autoridad demande a un particular, éste, al contestar la demanda, tendrá derecho a ejercer su opción para que el juicio se tramite y resuelva digitalmente conforme a las disposiciones de este Capítulo, señalando para ello su domicilio y Dirección de Correo Electrónico. Artículo fin de emplazar al particular demandado, el Secretario de Acuerdos que corresponda, imprimirá y certificará la demanda y sus anexos que se notificarán de manera personal. Si el particular rechaza tramitar el Juicio Digital contestará la demanda por escrito mediante el Juicio en la vía ordinaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.