- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 163
Artículo 163 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un servidor público comete una falta grave, su caso se va a resolver en el Tribunal de Justicia Administrativa, siguiendo las reglas de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Si hay mucho trabajo, la Junta del Tribunal puede acordar que las Salas Especializadas se encarguen de asuntos que normalmente verían las Salas Ordinarias. Para los juicios que no tengan que ver con faltas de servidores públicos, se aplicará lo que dice esta ley y no la otra.
Texto oficial
Artículo 163. Los procedimientos de responsabilidad administrativa derivados de conductas graves se tramitarán y resolverán ante el Tribunal de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Mediante acuerdo de la Junta, las Salas Especializadas en materia de Responsabilidades Administrativas podrán conocer de los asuntos que sean competencia de las Salas Ordinarias Jurisdiccionales en atención a las cargas de trabajo del Tribunal. Para la sustanciación de los juicios que no sean materia de responsabilidades administrativas, se regirán por lo previsto en esta Ley. CAPÍTULO OCTAVO De la jurisprudencia
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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