- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 166
Artículo 166 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La jurisprudencia es como una regla que los jueces crean cuando resuelven varios casos de la misma manera. Se forma de dos formas: cuando los tribunales repiten el mismo criterio en varios casos iguales (reiteración), o cuando resuelven una contradicción, es decir, cuando dos tribunales dicen cosas diferentes sobre el mismo tema y un tribunal más alto decide cuál es la interpretación correcta.
Texto oficial
Artículo 166. La jurisprudencia se establece por reiteración de criterios o por decisión de una contradicción de tesis.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.