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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-justicia-administrativa/166
Ley
Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
166

Artículo 166 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La jurisprudencia es como una regla que los jueces crean cuando resuelven varios casos de la misma manera. Se forma de dos formas: cuando los tribunales repiten el mismo criterio en varios casos iguales (reiteración), o cuando resuelven una contradicción, es decir, cuando dos tribunales dicen cosas diferentes sobre el mismo tema y un tribunal más alto decide cuál es la interpretación correcta.

Texto oficial

Artículo 166. La jurisprudencia se establece por reiteración de criterios o por decisión de una contradicción de tesis.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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