Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-justicia-alternativa-tribunal-superior-justicia-distrito-federal/16
Ley
Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo es un grupo formado por expertos en mediación, tanto de México como de otros países. Su trabajo principal es crear y revisar proyectos, organizar pláticas abiertas al público, y apoyar a instituciones como universidades, oficinas de gobierno y empresas privadas. También se encarga de promover que en todo el país se usen las mismas reglas y formas de hacer las cosas en mediación. Además, puede tratar otros temas parecidos que ayuden a mejorar este servicio.

Texto oficial

Artículo 16. El Consejo Consultivo se integrará por destacados académicos y profesionales de la mediación nacionales y extranjeros y su objeto será el desarrollo de proyectos y su evaluación, organizar conferencias públicas, apoyar a instituciones públicas y privadas así como universitarias, impulsar la adopción de normas y criterios homogéneos a nivel nacional, y demás temas complementarios a los mencionados. CAPITULO TERCERO. DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.