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Ley
Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
Artículo
32

Artículo 32 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Durante la mediación, tú y la otra persona deben portarse así: guardar secreto de todo lo que se hable, tratarse con respeto y tolerancia, y ser honestos para platicar de manera constructiva. No dejen que los pleitos del pasado les impidan buscar una solución y un futuro mejor. Recuerden que están ahí por su propia voluntad, así que participen activamente para resolver el conflicto y dejen que el mediador los guíe. También deben estar listos para platicar a solas con el mediador si él lo pide o si ustedes lo sugieren, y no se vayan de la sesión hasta que el mediador la termine o ambos estén de acuerdo. Lleguen puntuales a todas las citas, confirmen su asistencia, y si por una razón muy fuerte no pueden ir, pídanle al Centro o al mediador que les reprograme la sesión.

Texto oficial

Artículo 32. Durante el procedimiento de mediación, deberán de conducirse los mediados de la siguiente forma: Mantener la confidencialidad del diálogo que se establezca durante el procedimiento; Manifestar una conducta de respeto y tolerancia entre sí y para con el mediador; Dialogar con honestidad y franqueza, para mantener una comunicación constructiva; Procurar que los acontecimientos del pasado, no sean un obstáculo para la construcción de una solución y de un futuro diferente; Tener siempre presente que están por voluntad propia en la sesión y que, por lo tanto, su participación para la solución del conflicto debe ser activa; Permitir que el mediador guíe el procedimiento; Tener la disposición para efectuar sesiones privadas cuando el mediador las solicite o alguno de los mediados la sugiera; Permanecer en la sesión hasta en tanto el mediador no la dé por terminada o concluya de común acuerdo entre las partes; Respetar la fecha y hora señaladas para todas las sesiones, así como confirmar y asistir puntualmente a las mismas; y En caso de fuerza mayor que le impida asistir, solicitar al Centro o al mediador privado certificado, según corresponda, la reprogramación de la sesión.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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