- Ley
- Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Durante la mediación, tú y la otra persona deben portarse así: guardar secreto de todo lo que se hable, tratarse con respeto y tolerancia, y ser honestos para platicar de manera constructiva. No dejen que los pleitos del pasado les impidan buscar una solución y un futuro mejor. Recuerden que están ahí por su propia voluntad, así que participen activamente para resolver el conflicto y dejen que el mediador los guíe. También deben estar listos para platicar a solas con el mediador si él lo pide o si ustedes lo sugieren, y no se vayan de la sesión hasta que el mediador la termine o ambos estén de acuerdo. Lleguen puntuales a todas las citas, confirmen su asistencia, y si por una razón muy fuerte no pueden ir, pídanle al Centro o al mediador que les reprograme la sesión.
Texto oficial
Artículo 32. Durante el procedimiento de mediación, deberán de conducirse los mediados de la siguiente forma: Mantener la confidencialidad del diálogo que se establezca durante el procedimiento; Manifestar una conducta de respeto y tolerancia entre sí y para con el mediador; Dialogar con honestidad y franqueza, para mantener una comunicación constructiva; Procurar que los acontecimientos del pasado, no sean un obstáculo para la construcción de una solución y de un futuro diferente; Tener siempre presente que están por voluntad propia en la sesión y que, por lo tanto, su participación para la solución del conflicto debe ser activa; Permitir que el mediador guíe el procedimiento; Tener la disposición para efectuar sesiones privadas cuando el mediador las solicite o alguno de los mediados la sugiera; Permanecer en la sesión hasta en tanto el mediador no la dé por terminada o concluya de común acuerdo entre las partes; Respetar la fecha y hora señaladas para todas las sesiones, así como confirmar y asistir puntualmente a las mismas; y En caso de fuerza mayor que le impida asistir, solicitar al Centro o al mediador privado certificado, según corresponda, la reprogramación de la sesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.