- Ley
- Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que preside el Consejo se encarga de organizar y dirigir las reuniones. Puede decidir por sí sola o con ayuda de los demás miembros cuándo hacer juntas adicionales (sesiones extraordinarias). También propone el calendario de las reuniones fijas del año y presenta el temario (orden del día) para que los miembros lo revisen. Ella firma las actas de cada sesión una vez que todos estén de acuerdo con lo que se escribió. Además, puede sugerir quién será el secretario ejecutivo y el técnico, y tiene otras funciones necesarias para que el Consejo funcione bien según las reglas establecidas.
Texto oficial
Artículo 16. La persona titular que presida el Consejo tendrá las siguientes atribuciones: Instalar, presidir y conducir las sesiones del Consejo; Determinar por sí mismo o a propuesta de los integrantes del Consejo, la celebración de sesiones extraordinarias; Proponer al Consejo, el calendario anual de sesiones ordinarias; Someter a consideración de los integrantes del Consejo el orden del día correspondiente; Suscribir las actas de las sesiones del Consejo, una vez aprobadas; Proponer al Consejo a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, así como a la Secretaría Técnica del mismo; y Las demás que resulten necesarias para la correcta operación del Consejo y aquellas que establezca la normativa aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.