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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-mejora-regulatoria/27
Ley
Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Artículo
27

Artículo 27 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Mejora Regulatoria la dirige el jefe de la Agencia Digital de Innovación Pública. Su labor es impulsar y supervisar las reglas y programas para que los trámites y leyes sean más simples y claros. También sirve como el contacto de la Ciudad con otros niveles de gobierno, empresas, organizaciones y escuelas, para coordinar todo lo relacionado con mejorar las regulaciones. Además, se conecta con el sistema nacional que trabaja en lo mismo.

Texto oficial

Artículo 27. La Unidad estará a cargo de la persona titular de la Agencia Digital de Innovación Pública y tiene por objeto promover, instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, lineamientos y acciones en materia de Mejora Regulatoria. Fungirá como enlace de la Ciudad con los distintos órdenes de gobierno, con el sector social, privado y académico en materia de Mejora Regulatoria; así como con el Sistema Nacional de Mejora Regulatoria.

Ver texto oficial de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.