- Ley
- Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
- Artículo
- 58
Artículo 58 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un funcionario público te niega sin razón un trámite o servicio, o si se pasa de listo y no cumple con lo que marca la ley, tú puedes presentar una queja llamada Protesta Ciudadana. Esto aplica cuando el servidor público rechaza tu gestión sin una justificación válida, o cuando no respeta reglas específicas establecidas en otra parte de esta ley. En pocas palabras, si te topas con una traba injusta o te hacen un mal servicio, tienes derecho a reclamar.
Texto oficial
Artículo 58. El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana cuando por acciones u omisiones el Sujeto Obligado encargado del Trámite o Servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V, VI, VIII, X, XI, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XXI del artículo 40 de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.