- Ley
- Ley de Mejoramiento Barrial y Comunitario de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Mejoramiento Barrial y Comunitario de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Secretaría va a publicar una invitación abierta para que puedas presentar proyectos de mejora para tu barrio o colonia. Esa invitación la anunciarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad, en un periódico que se venda mucho en la ciudad y también en el sitio web de la Secretaría. Ahí te van a decir exactamente qué necesitas para participar, en qué fechas y cómo debes hacer el trámite, para que los vecinos de cualquier barrio, colonia, pueblo o unidad habitacional puedan proponer sus ideas.
Texto oficial
Artículo 7º.- Para la presentación de los proyectos de mejoramiento barrial y comunitario la Secretaría emitirá anualmente una convocatoria pública, la cual se dará a conocer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en un diario de amplia circulación de esta entidad federativa y en el portal de internet de la Secretaría. En la convocatoria se establecerán los requisitos, plazos y procedimientos para que los habitantes de los barrios, colonias, pueblos y unidades habitacionales de la Ciudad de México presenten sus proyectos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.