- Ley
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
- Artículo
- 80
Artículo 80 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la educación sobre el cambio climático no es solo para los estudiantes, sino para todas las personas de la sociedad. Además, debe tomar en cuenta que cada persona tiene diferentes formas de entender el problema, distintas costumbres, habilidades y necesidades. La idea es que así todos podamos actuar frente al cambio climático de una manera más justa y efectiva.
Texto oficial
Artículo 80. La Educación Ambiental ante el Cambio Climático debe involucrar a la sociedad en su conjunto, reconociendo la diversidad de conocimientos, identidades, capacidades y necesidades para la acción ante el cambio climático.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.