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Ley
Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Artículo
81

Artículo 81 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Medio Ambiente, la de Salud y la de Educación de la Ciudad de México van a trabajar juntas para hacer programas de capacitación y educación sobre cómo enfrentar el cambio climático. Estos programas serán continuos, es decir, no serán de una sola vez, sino que se mantendrán en el tiempo. Además, van a crear cursos y talleres especialmente para los grupos más vulnerables de la ciudad, como personas de bajos recursos, adultos mayores o comunidades afectadas. La idea es que todos aprendan a adaptarse al cambio climático y a reducir sus efectos.

Texto oficial

Artículo 81. La Secretaría, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, todas vigentes en la Ciudad de México, implementarán en estrecha colaboración programas continuos de capacitación y educación sobre mitigación y adaptación al cambio climático en la Ciudad de México. Se crearán programas de capacitación y educación hacia los grupos en situación de vulnerabilidad de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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