- Ley
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
- Artículo
- 81
Artículo 81 de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Medio Ambiente, la de Salud y la de Educación de la Ciudad de México van a trabajar juntas para hacer programas de capacitación y educación sobre cómo enfrentar el cambio climático. Estos programas serán continuos, es decir, no serán de una sola vez, sino que se mantendrán en el tiempo. Además, van a crear cursos y talleres especialmente para los grupos más vulnerables de la ciudad, como personas de bajos recursos, adultos mayores o comunidades afectadas. La idea es que todos aprendan a adaptarse al cambio climático y a reducir sus efectos.
Texto oficial
Artículo 81. La Secretaría, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, todas vigentes en la Ciudad de México, implementarán en estrecha colaboración programas continuos de capacitación y educación sobre mitigación y adaptación al cambio climático en la Ciudad de México. Se crearán programas de capacitación y educación hacia los grupos en situación de vulnerabilidad de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.