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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
108

Artículo 108 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una concesión (un permiso del gobierno para dar un servicio) y quieres pasarla a otra persona, tienes que pedir autorización por escrito a la Secretaría, usando el formato que te pidan y cumpliendo todos los requisitos. Si te autorizan el traspaso, la persona que recibe la concesión se vuelve responsable de cumplir con todo lo que tú tenías que hacer: dar el servicio como se acordó al principio y también respetar cualquier cambio que la Secretaría haya hecho después. En otras palabras, el nuevo dueño agarra todos tus derechos y obligaciones, como si fuera tú desde el inicio.

Texto oficial

Artículo 108.- La solicitud para la autorización de cesión o transmisión de derechos y obligaciones derivados de una concesión, deberá presentarse por escrito ante la Secretaría, a través del formato correspondiente y cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos establecidos para tal efecto. De aprobarse la cesión o transmisión de una concesión, el nuevo titular se subrogará en los derechos y obligaciones que leso inherentes y será responsable de la prestación del servicio en los términos y condiciones en que fue inicialmente otorgada la concesión, además de las modificaciones que en su caso, hubiere realizado la Secretaría.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.