- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 119
Artículo 119 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a decidir cómo se hará la revisión de los coches (revista vehicular), pero debe hacerlo de manera clara y honesta, sin complicar los trámites ni dar pie a la corrupción. También va a publicar un calendario basado en el último número de tu placa, y las revisiones empezarán entre abril y junio. Si no llevas tu coche a la revisión en la fecha y forma que indiquen, te pueden multar según la ley de la Ciudad de México. Además, podrías tener problemas legales civiles o penales si aplican otras leyes.
Texto oficial
Artículo 119.- El procedimiento y forma en que se lleve a cabo la revista vehicular, serán determinados por la Secretaría atendiendo a los principios de transparencia, simplificación administrativa y combate a la corrupción; misma que establecerá un calendario conforme a la terminación de la placa de matrícula, el cual iniciará durante el segundo trimestre del año. El incumplimiento al procedimiento y condiciones que establezca la Secretaría será sancionada de conformidad cola Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran surgir de otras disposiciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.