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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-movilidad/120
Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
120

Artículo 120 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los carros nuevos no necesitan pasar la revisión mecánica durante el primer año desde que los compras. Solo tienes que pagar lo que corresponde por los trámites, como el permiso de circulación. Esto aplica desde el momento en que el vehículo está listo para usarse. Así que, si tienes un auto cero kilómetros, te ahorras esa revisión por un año.

Texto oficial

Artículo 120.- Los vehículos nuevos quedarán exentos de la revisión física mecánica durante el primer año de su vida útil, debiendo pagar únicamente los derechos correspondientes. CAPÍTULO VIII DE LOS PERMISOS DEL TRANSPORTE

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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