- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 175
Artículo 175 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y las empresas públicas tienen que cuidar los objetos y construcciones que pongan en las calles (como postes, señales o jardineras), incluyendo darles mantenimiento, mantenerlos en buen estado y quitarlos cuando sea necesario. Cada una es responsable de lo que le toca según sus funciones. Si algo necesita arreglarse, limpiarse o retirarse, las Alcaldías les avisarán a esas oficinas o empresas para que hagan lo que corresponde.
Texto oficial
Artículo 175.- Las dependencias, instituciones y entidades son responsables de la infraestructura y elementos que relacionados con sus atribuciones, se incorporen a la vialidad, así como de su mantenimiento, preservación y retiro, cuando sea procedente. Las Alcaldías notificarán a las dependencias, instituciones o entidades de la Administración Pública, cuando sea necesario el mantenimiento, preservación o retiro de los elementos o infraestructura incorporada a la vialidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.