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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
178

Artículo 178 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 178 explica que las calles y avenidas se dividen en tres tipos según su función. Las vialidades primarias son avenidas grandes que sirven para mover el tráfico de una zona a otra de la ciudad, ya sea con semáforos o sin paradas. Las de acceso controlado son carreteras o avenidas rápidas donde las entradas y salidas están en puntos específicos, con carriles laterales separados por camellones y pasos a desnivel (como puentes). Por último, las vialidades secundarias son calles más chicas que dan acceso a casas o negocios, donde el tráfico no es continuo y puede tener semáforos.

Texto oficial

Artículo 178.- Las vialidades se clasifican en: Vialidades primarias: Espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforo, entre distintas zonas de la Ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles exclusivos; Acceso controlado: Vías primarias cuyas intersecciones generalmente son a desnivel; cuentan con carriles centrales laterales separados por camellones. La incorporación y desincorporación al cuerpo de flujo continuo deberá realizarse a través de carriles de aceleración y desaceleración en puntos específicos; y Vialidades secundarias: Espacio físico cuya función es permitir el acceso a los predios y facilitar el flujo del tránsito vehicular no continuo. Sus intersecciones pueden estar controladas por semáforos.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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