- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 193
Artículo 193 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad tiene la obligación de asegurarse de que puedas escoger libremente entre las opciones de transporte disponibles, para que elijas la que mejor resuelva cómo moverte de un lugar a otro. Para ayudarte a decidir, las autoridades deben darte información clara sobre cuál es la manera más eficiente de viajar, y también deben avisarte cuando haya problemas que afecten el transporte público o las calles.
Texto oficial
Artículo 193.- De conformidad con esta ley y los ordenamientos que de ella emanen la administración pública garantizará que los habitantes de la Ciudad, puedan optar libremente dentro de los modos disponibles, aquel que resuelva sus necesidades de traslados. Para ello deberá ofrecer información que permita elegir las alternativas más eficientes para los desplazamientos, dando a conocer las situaciones que alteren la operación de los sistemas de transporte público y las vialidades.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.