- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 211
Artículo 211 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas que viven o andan en la Ciudad tienen derecho a usar las calles y avenidas. Nadie puede prohibirte caminar o manejar por las vialidades, ni siquiera las autoridades o negocios particulares. Esto significa que no pueden cerrar una calle o impedir el paso sin una razón válida. La regla es que el tránsito de peatones y vehículos debe ser libre. Solo aplican las excepciones que marca la ley, como obras o eventos autorizados.
Texto oficial
Artículo 211.- Tienen el derecho de utilizar las vialidades, quienes habitan o transitan en la Ciudad, por lo que los particulares o autoridades no podrán limitar el tránsito de peatones y vehículos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.