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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
215

Artículo 215 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los camiones y otros vehículos que llevan mercancía o carga deben seguir las reglas que ponga la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Esas reglas se basan en la Ley de Vialidad, sus reglamentos y otras normas oficiales, tanto legales como técnicas. Básicamente, si tienes un vehículo de carga, debes cumplir con lo que digan estas instrucciones para andar en regla.

Texto oficial

Artículo 215.- Los vehículos destinados al transporte de carga, deberán cumplir con las especificaciones establecidas en los programas que emita la Secretaría, de conformidad con esta Ley, sus reglamentosy demás disposiciones jurídicas, administrativas y técnicas correspondientes.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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