- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 217
Artículo 217 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear un programa de caminos especiales en las ciudades, llamados corredores viales, que tengan carriles solo para camiones de carga. Esto busca que las mercancías se muevan rápido y sin peligro. También se van a enfocar en vigilar dónde están esos caminos, mantenerlos en buen estado y cuidarlos. Además, pondrán semáforos sincronizados, límites de velocidad y nuevas tecnologías para que todo funcione mejor.
Texto oficial
Artículo 217.- La Secretaría promoverá un programa de corredores viales metropolitanos con carriles preferentes para el transporte de carga, que garantice la movilidad de las mercancías de manera eficiente y segura, con especial atención en su control, ubicación, mantenimiento y preservación, así como los mecanismos de sincronización de semáforos, velocidad controlada e innovaciones tecnológicas para tal fin.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.