- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 219
Artículo 219 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a decidir qué hacer para que los coches y camiones circulen mejor en las zonas más conflictivas de la ciudad. También va a empujar el uso de vehículos que gasten menos gasolina, sean más compactos y no dañen tanto el ambiente. En pocas palabras, buscan que haya menos tráfico y más transporte limpio en las calles donde más se necesita.
Texto oficial
Artículo 219.- La Secretaría determinará las acciones necesarias para mejorar la circulación vehicular del transporte descarga y promover la utilización de vehículos eficientes, ligeros y con tecnología sustentable en zonas críticas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.