- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 228
Artículo 228 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es la encargada de organizar los programas y actividades para enseñar a manejar mejor y cómo circular por las calles de forma segura. Su objetivo es que todos los que usan la vía pública —como peatones, ciclistas, automovilistas y motociclistas— conozcan sus derechos y obligaciones. Para lograrlo, trabajará junto con otras oficinas de gobierno, empresas de transporte, concesionarios, asociaciones civiles y grupos de ciudadanos. En pocas palabras, buscan que todos estemos mejor informados para convivir sin problemas en las calles.
Texto oficial
Artículo 228.- La Secretaría coordinará los programas y acciones necesarias en materia de capacitación vial y movilidad, que promuevan los derechos y obligaciones de todos los usuarios de la vialidad, en coordinación con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública, concesionarios, permisionarios, empresas, asociaciones y organismos de participación ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.