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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-movilidad/232
Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
232

Artículo 232 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad va a tener un grupo especial de personas que te ayudarán en temas de movilidad (cómo moverte por la ciudad). Su trabajo es darte información, orientarte, auxiliarte si lo necesitas, cuidar tu seguridad vial y apoyarte para que te puedas mover más fácil. Todo esto lo harán para que la capacitación sobre movilidad sea real y para que la cultura vial se difunda entre todos.

Texto oficial

Artículo 232.- Con el fin de hacer efectivas la capacitación y difundir la cultura de la movilidad en la Ciudad, la Secretaría contará con un cuerpo especializado de información, orientación, auxilio, seguridad vial y apoyo a la movilidad, que proporcione estos servicios a la población en general.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.