- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 61
Artículo 61 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los vehículos que se usan para transportar personas deben cumplir con los manuales y reglas que la Secretaría (dependencia de gobierno encargada del transporte) emita sobre diseño, seguridad y comodidad. Estas reglas se basan en estudios sobre la población mexicana, considerando las necesidades de hombres, mujeres y personas con discapacidad. El color de las unidades de transporte público lo define la Secretaría, y ese color no se puede cambiar durante al menos diez años para no afectar la economía de los dueños, a menos que haya una razón muy justificada o se aprueben nuevos lineamientos para todo el sistema de transporte.
Texto oficial
Artículo 61.- Las unidades destinadas a la prestación del servicio de transporte de pasajeros, se sujetarán a los manuales y normas técnicas que en materia de diseño, seguridad y comodidad expida la Secretaría, tomando en consideración las alternativas más adecuadas que se desprendan de los estudios técnicos, sociales, antropométricos y económicos correspondientes de la población mexicana, incluyendo perspectiva de género y para personas con discapacidad, sujetándose a lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad y normas oficiales mexicanas de la materia. La Secretaría emitirá los lineamientos para la cromática de las unidades destinadas al servicio de transporte público de pasajeros. Con el propósito de afectar lo menos posible la economía de los concesionarios, ésta permanecerá vigente hasta por un periodo de diez años y sólo por causas justificadas se autorizará el cambio antes de este término, o cuando se emítanlos lineamientos para la cromática del Sistema Integrado de Transporte Público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.