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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
62

Artículo 62 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a crear un programa para dar ventajas y apoyos a los dueños de autos que no contaminen, como los híbridos o eléctricos. La Secretaría de Medio Ambiente va a definir qué autos cuentan como "sustentables" según sus características técnicas. Si tu auto cumple con esos requisitos, te van a dar una placa verde o un distintivo oficial para identificarlo. Ese distintivo te va a servir para acceder a los beneficios del programa, como circular sin restricciones o pagar menos tenencia.

Texto oficial

Artículo 62.- La Administración Pública implementará un programa para otorgar estímulos y facilidades a los propietarios de vehículos motorizados que cuentan con tecnologías sustentables. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente, establecerá las características técnicas de los vehículos motorizados que cuenten con tecnologías sustentables, tales como híbridos o eléctricos. Los vehículos que cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad, se les otorgará una placa de matrícula y/o distintivo oficial, pudiendo ser este una placa de matrícula verde, que permita su identificación para poder acceder a los beneficios otorgados en dicho programa.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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