- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 90
Artículo 90 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los vehículos de transporte público de pasajeros o de carga en la Ciudad deben tener un seguro vigente que cubra los daños que el vehículo pueda causar a los usuarios, al conductor o a otras personas, ya sea en su cuerpo o en sus propiedades. Para el transporte de pasajeros, la cobertura mínima por cada accidente debe ser de al menos 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) de la Ciudad de México por daños a terceros, y de 5 mil veces la UMA por cada pasajero y el conductor. Si un vehículo de este tipo se ve involucrado en un accidente de tránsito, la policía lo llevará al corralón de inmediato, siguiendo las reglas de tránsito y otras leyes aplicables.
Texto oficial
Artículo 90.- Toda unidad que tenga como fin la prestación del servicio de transporte público de pasajeros o de carga en la Ciudad, deberá contar con póliza de seguro vigente, que cubra los daños y perjuicios que la unidad registrada en la concesión pudiese ocasionar a los usuarios, conductores o terceros, en su persona o patrimonio. En el caso del servicio de transporte público de pasajeros, la cobertura mínima asegurada por evento deberá ser de al menos cincuenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización de la Ciudad de México vigente, o su equivalente en moneda nacional, en caso de daños a terceros en su persona o patrimonio y de cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización de la Ciudad de México vigente, o en su equivalente en moneda nacional, por cada persona usuaria y por la persona conductora. Las unidades relacionadas en hechos de tránsito, serán remitidas al depósito vehicular que corresponda por parte de Seguridad Ciudadana, conforme a lo establecido en el Reglamento de Tránsito y demás disposiciones jurídicas aplicables, inmediatamente después de ocurrido el hecho.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.