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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-notariado/259
Ley
Ley del Notariado para la Ciudad de México
Artículo
259

Artículo 259 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Colegio de Notarios de la Ciudad de México es como el sindicato o la agrupación obligatoria de todos los notarios que trabajan en la capital. Su función es importante para la sociedad, porque ayuda a que los notarios hagan bien su trabajo y cumplan con las reglas. Por ley, todos los notarios de la Ciudad de México deben pertenecer a este único Colegio, que tiene su propio dinero y personalidad legal. Este Colegio se encarga de representar a los notarios, organizarlos y vigilar que hagan bien su labor, además de dar su opinión y ayudar a las autoridades cuando lo necesiten.

Texto oficial

Artículo 259. El Colegio de Notarios de la Ciudad de México, Asociación Civil, es un medio necesario para el cumplimiento de la garantía institucional del Notariado. Por lo anterior, y por desempeñar una función de orden e interés público y social, los Notarios de la Ciudad de México estarán agrupados en un único Colegio, que es el Colegio de Notarios de la Ciudad de México. Asociación Civil, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que ejercerá para el Notariado y para las Autoridades Competentes, las facultades de representación, organización, gestión, intervención, verificación y opinión que esta ley le otorga.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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