- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 258 bis
Artículo 258 bis de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Archivo se encarga de manejar y poner las reglas para el Registro de Notarios Sancionados en la Ciudad de México. Ese registro es como una lista pública de los notarios que han recibido un castigo por no cumplir con su trabajo. La lista se va a publicar en el sitio web oficial de la Consejería Jurídica y del Colegio de Notarios. Así, cualquier persona puede consultarla para saber si un notario tiene alguna sanción.
Texto oficial
Artículo 258 bis. El Archivo administrará y establecerá los lineamientos para el Registro de Notarios Sancionados en la Ciudad de México. Dicho Registro será publicado en la página oficial de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y del Colegio. CAPÍTULO II DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.