- Ley
- Ley del Notariado para la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a preguntarle a un notario si ya tiene un expediente (un conjunto de documentos) sobre algún asunto que te interese, como dice el Artículo 23. También puedes pedir que te diga en qué términos (en qué condiciones o fechas) está ese expediente. Esto aplica para cualquier persona involucrada en el trámite. En pocas palabras, puedes solicitar información concreta sobre si el notario ya empezó a trabajar en tu caso y cómo va.
Texto oficial
Artículo 26. Las personas de que se trate tendrán derecho de pedir se dé a conocer si conforme al Artículo 23 se ha formado algún expediente relativo y los términos respectivos. CAPITULO II DE LA FUNCIÓN NOTARÍAL Y DEL NOTARÍADO SECCIÓN PRIMERA DE LA FUNCIÓN NOTARÍAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.