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Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
126

Artículo 126 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Congreso de la Ciudad le asigna un presupuesto a cada Alcaldía para que puedan hacer su trabajo y pagar sus gastos. Las Alcaldías solo pueden gastar ese dinero en lo que el Congreso les autorizó, de acuerdo a lo que la ciudad tenga disponible en sus ingresos. En pocas palabras, el Congreso decide cuánto dinero le toca a cada Alcaldía y ellas lo usan para cumplir con sus obligaciones.

Texto oficial

Artículo 126. Las Alcaldías ejercerán los presupuestos que el Congreso apruebe para las demarcaciones territoriales, a efecto de que aquéllas puedan cumplir con sus obligaciones y ejercer sus atribuciones. Sujeto a las previsiones de ingresos de la Hacienda Pública de la Ciudad, el Congreso de la Ciudad aprobará los presupuestos de las Demarcaciones Territoriales para el debido cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de las atribuciones asignadas a las alcaldías.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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