- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 126
Artículo 126 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso de la Ciudad le asigna un presupuesto a cada Alcaldía para que puedan hacer su trabajo y pagar sus gastos. Las Alcaldías solo pueden gastar ese dinero en lo que el Congreso les autorizó, de acuerdo a lo que la ciudad tenga disponible en sus ingresos. En pocas palabras, el Congreso decide cuánto dinero le toca a cada Alcaldía y ellas lo usan para cumplir con sus obligaciones.
Texto oficial
Artículo 126. Las Alcaldías ejercerán los presupuestos que el Congreso apruebe para las demarcaciones territoriales, a efecto de que aquéllas puedan cumplir con sus obligaciones y ejercer sus atribuciones. Sujeto a las previsiones de ingresos de la Hacienda Pública de la Ciudad, el Congreso de la Ciudad aprobará los presupuestos de las Demarcaciones Territoriales para el debido cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de las atribuciones asignadas a las alcaldías.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.