- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 164
Artículo 164 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, las Alcaldías (las oficinas de gobierno de tu delegación o demarcación) hacen un plan llamado "programa operativo anual", que define en qué van a gastar el dinero y qué obras o servicios van a realizar. Este artículo dice que tú, como ciudadano, junto con grupos de tu colonia o asociaciones vecinales, puedes participar en la elaboración de ese plan. Puedes dar tu opinión no solo cuando lo están creando, sino también cuando lo actualicen o cuando lo estén llevando a cabo. En pocas palabras, la ley te da chance de opinar cómo se gasta el presupuesto de tu Alcaldía y cómo se hacen las cosas en tu comunidad.
Texto oficial
Artículo 164. En la elaboración del programa operativo anual de las Alcaldías, podrán participar diversos grupos sociales y la ciudadanía a fin de que la ciudadanía exprese sus opiniones tanto en la formulación, como en la actualización y ejecución de dicho programa operativo. CAPITULO VI DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO DE LAS ALCALDÍAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.