- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 184
Artículo 184 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Alcaldía (el gobierno de tu colonia o delegación) puede señalar zonas específicas y explicar los problemas que hay ahí a otras autoridades que sí pueden tomar decisiones. Esto lo hacen para pedir que se apliquen programas o acciones que ayuden a prevenir la violencia y los delitos en esos lugares. Por ejemplo, si en una calle hay muchos asaltos, la Alcaldía puede hablar con el gobierno de la ciudad para que ponga más vigilancia o alumbrado. En pocas palabras, la Alcaldía no resuelve todo, pero sí puede proponer soluciones a quienes tienen la autoridad para hacerlo.
Texto oficial
Artículo 184. La Alcaldía podrá proponer polígonos y explicar las problemáticas específicas a las autoridades competentes para la eventual aplicación de políticas públicas concretas en materia de prevención social de las violencias y el delito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.