- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 198
Artículo 198 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Alcaldías tienen la obligación de crear, cuidar y mejorar los espacios públicos como parques, plazas y calles, además de mantenerlos bonitos y en buen estado para que todos los disfrutes. También deben construir y reparar estos lugares siguiendo las reglas oficiales, y organizar programas donde los vecinos participen para recuperar y embellecer esos espacios. Si el gobierno organiza eventos como ferias o marchas que usen la calle o el parque, tiene que hacer que eso afecte lo menos posible al lugar. Las Alcaldías también se encargan de centros sociales y deportivos, y pueden quitar puestos o estructuras que estorben o que alguien haya puesto sin permiso en la vía pública.
Texto oficial
Artículo 198. En materia de espacios públicos es responsabilidad de las Alcaldías: Promover la creación, ampliación, cuidado, mejoramiento, uso, goce, recuperación, mantenimiento, defensa de la calidad estética y uso adecuado del espacio público; Construir, rehabilitar y mantener los espacios públicos que se encuentren a su cargo, de conformidad con la normatividad aplicable; Ejecutar programas a través de mecanismos de autogestión y participación ciudadana para el rescate y mejora de la calidad del espacio público, sujetándose a lo dispuesto en la normatividad aplicable; Garantizar que la utilización de la vía pública y espacios públicos por eventos y acciones gubernamentales que afecten su destino y naturaleza, sea mínima; Administrar los centros sociales, instalaciones recreativas, de capacitación para el trabajo y centros deportivos, cuya administración no corresponda a otro orden de gobierno; y Ordenar y ejecutar las medidas administrativas encaminadas a mantener o recuperar la posesión de bienes del dominio público que detenten particulares, pudiendo ordenar el retiro de obstáculos que impidan su adecuado uso. CAPÍTULO III DE LAS ACCIONES DE CUIDADO Y PROTECCIÓN ANIMAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.