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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/199
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
199

Artículo 199 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías tienen que ponerse de acuerdo para proteger a los animales y asegurar su bienestar. También deben promover que la gente cuide responsablemente a sus mascotas. Cada año van a hacer programas para enseñar cómo tratar a los animales con respeto y dignidad, y para informar sobre las multas o castigos por maltratarlos o ser cruel con ellos.

Texto oficial

Artículo 199. Las Alcaldías en el ámbito de sus respectivas competencias implementarán medidas y acciones de coordinación para la protección y bienestar de los animales; fomentarán una cultura de cuidado y tutela responsable. Al efecto llevarán a cabo anualmente programas específicos para difundir la cultura y conductas de trato digno y respetuoso a los animales, con objeto de protegerlos así como las sanciones aplicables por los actos de maltrato y crueldad.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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