- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 228
Artículo 228 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las Alcaldías deben trabajar de manera clara y honesta, siempre siguiendo las leyes y tratando a todos por igual. Para lograrlo, tienen que usar herramientas digitales y modernas que acerquen el gobierno a la gente. Su objetivo principal es que los programas y acciones del gobierno sean justos, funcionen bien y sean transparentes. Además, deben asegurarse de que toda la información pública esté disponible y se pueda consultar fácilmente, para que cualquier persona pueda ejercer su derecho a pedir y obtener datos del gobierno.
Texto oficial
Artículo 228. Las Alcaldías deberán regir su funcionamiento conforme a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, buena administración, buen gobierno y gobierno abierto, con plena accesibilidad, basado en la honestidad, rendición de cuentas, integridad pública, atención y participación ciudadana y sustentabilidad. Para ello, adoptarán instrumentos de gobierno electrónico y abierto, innovación social y modernización. Es finalidad de las Alcaldías, en los ámbitos de su respectiva competencia, garantizar la equidad, eficacia y transparencia de los programas y acciones de gobierno, asegurando la trazabilidad y disponibilidad de la información pública, a fin de facilitar el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información. Artículo reformado G.O. CDMX 13/07/2026
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.