- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 229
Artículo 229 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que están al frente de las Alcaldías (como jefas o jefes delegacionales) tienen la obligación de ser transparentes en todo lo que hacen. Esto significa que deben permitir que cualquier ciudadano pueda consultar la información pública, rendir cuentas de su trabajo y cuidar los datos personales de la gente. Para cumplir, deben seguir lo que dice la Constitución de la Ciudad de México, las leyes federales y locales, además de las reglas que pongan las autoridades encargadas de estos temas. En pocas palabras, no pueden esconder información ni mal usar tus datos personales.
Texto oficial
Artículo 229. Las personas titulares de las Alcaldías, en el ámbito de sus atribuciones, deberán dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, rendición de cuentas, privacidad y protección de datos personales, de conformidad con la Constitución Política de la Ciudad de México, las leyes generales aplicables y la legislación local en la materia, así como con las disposiciones, criterios y lineamientos que emitan las autoridades competentes. Artículo reformado G.O. CDMX 13/07/2026 CAPÍTULO II DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.