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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/237
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
237

Artículo 237 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías de la Ciudad forman parte de los sistemas nacional y local contra la corrupción, tal como lo indican la Constitución de la Ciudad y las leyes. Eso significa que cada Alcaldía tiene la responsabilidad de participar en los acuerdos y acciones que se tomen para prevenir y castigar la corrupción. En pocas palabras, las Alcaldías no están solas en esto; deben coordinarse con el gobierno de la ciudad y el país para combatir la corrupción.

Texto oficial

Artículo 237. Las Alcaldías de la Ciudad tendrán la representación en los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local y las leyes en la materia.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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