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Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El día en que empieza el cargo, la Alcaldesa o el Alcalde actual le toma la promesa a las personas que fueron electas para ser Concejales (los miembros del Concejo). La autoridad les pregunta, de manera formal, si prometen cumplir y hacer que otros cumplan la Constitución y las leyes del país y del estado, y si van a hacer su trabajo con lealtad y amor a la patria. Cada Concejal debe responder “Sí protesto”, y entonces el Alcalde o Alcaldesa les dice que, si cumplen, la patria los premie, y si no, que les exija cuentas. Después de esto, declara formalmente que la Alcaldía queda instalada y lista para funcionar.

Texto oficial

Artículo 26. El mismo día, en la sede de cada Alcaldía, la Alcaldesa o el Alcalde en funciones tomará la protesta a las personas electas para integrar el Concejo en los siguientes términos: “¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Federal, la Constitución Local y las leyes que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Concejal que el pueblo os ha conferido?”, a lo que los Concejales entrantes contestarán: “Si protesto”, a lo que la Alcaldesa o el Alcalde entrante dirá: “Si así no lo hiciereis, que la Patria os lo premie, si no, que os lo demande”. Seguido lo cual, la Alcaldesa o el Alcalde hará la declaración de instalación formal de la Alcaldía.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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