- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El día en que empieza el cargo, la Alcaldesa o el Alcalde actual le toma la promesa a las personas que fueron electas para ser Concejales (los miembros del Concejo). La autoridad les pregunta, de manera formal, si prometen cumplir y hacer que otros cumplan la Constitución y las leyes del país y del estado, y si van a hacer su trabajo con lealtad y amor a la patria. Cada Concejal debe responder “Sí protesto”, y entonces el Alcalde o Alcaldesa les dice que, si cumplen, la patria los premie, y si no, que les exija cuentas. Después de esto, declara formalmente que la Alcaldía queda instalada y lista para funcionar.
Texto oficial
Artículo 26. El mismo día, en la sede de cada Alcaldía, la Alcaldesa o el Alcalde en funciones tomará la protesta a las personas electas para integrar el Concejo en los siguientes términos: “¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Federal, la Constitución Local y las leyes que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Concejal que el pueblo os ha conferido?”, a lo que los Concejales entrantes contestarán: “Si protesto”, a lo que la Alcaldesa o el Alcalde entrante dirá: “Si así no lo hiciereis, que la Patria os lo premie, si no, que os lo demande”. Seguido lo cual, la Alcaldesa o el Alcalde hará la declaración de instalación formal de la Alcaldía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.