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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/9
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Alcaldías son como las oficinas de gobierno que manejan tu colonia o delegación en la Ciudad de México. Son un nivel de gobierno que depende directamente del Jefe de Gobierno, sin que haya nadie más en medio. Esto significa que no hay otra autoridad entre el Jefe de Gobierno y tu Alcaldía. Las Alcaldías tienen poder para tomar decisiones, pero solo dentro de lo que les permite la Constitución y las leyes.

Texto oficial

Artículo 9. Las Alcaldías son parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes. No existirán autoridades intermedias entre la jefa o el jefe de gobierno y las Alcaldías.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.