- Ley
- Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno toma decisiones votando, y gana la opción que tenga más votos de los miembros que están presentes en la reunión. Si hay empate, el presidente o presidenta de la Junta tiene el voto decisivo para romperlo, es decir, su voto vale doble en ese caso.
Texto oficial
Artículo 16.- Las decisiones de la Junta de Gobierno se tomarán por mayoría de votos de sus integrantes presentes en la sesión que se trate; en caso de empate, la Presidencia tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.