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Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es de interés para todos y sirve para organizar cómo funciona el Poder Legislativo de la Ciudad de México, que es el encargado de hacer las leyes. Ese poder lo tiene el Congreso de la Ciudad de México, que solo puede legislar sobre los temas que le permiten la Constitución de México y la de la Ciudad. El Congreso debe buscar el bienestar de la ciudad y sus instituciones, cuidando los intereses de la gente y manteniendo el orden y una buena relación con otros gobiernos. También tiene que trabajar de manera abierta, honesta, clara y transparente, rindiendo cuentas a la ciudadanía y procurando ser útil y eficiente.

Texto oficial

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés general y tiene por objeto regular la organización, funcionamiento, atribuciones y competencias del Poder Legislativo de la Ciudad de México. El Poder Legislativo de la Ciudad de México se deposita en el Congreso de la Ciudad de México, mismo que tiene la función de legislar en las materias que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política de la Ciudad de México le otorgan, así como ejercer las demás atribuciones que le confiere la presente ley y demás disposiciones aplicables. En el cumplimiento de sus atribuciones, el Congreso de la Ciudad de México procurará el desarrollo de la Ciudad y sus instituciones, velando por los intereses sociales en las materias de su competencia, salvaguardando el estado de derecho y la sana convivencia con los órganos de Gobierno Local y Poderes Locales y Federales. El Congreso de la Ciudad de México actuará conforme a los principios de parlamento abierto, certeza, legalidad, transparencia, máxima publicidad, rendición de cuentas, profesionalismo, interés social, subsidiariedad, proximidad gubernamental y el derecho a la buena administración de carácter receptivo, eficaz y eficiente, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México y los ordenamientos de la materia.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.