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Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
115

Artículo 115 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien es elegido, nombrado o confirmado para un puesto, tiene que prometer formalmente que va a cumplir con su deber. La promesa dice más o menos así: “Juro cumplir y hacer que se cumplan la Constitución del país, la de la Ciudad de México y todas las leyes que vienen de ellas. También juro hacer mi trabajo con lealtad y amor a mi país, pensando siempre en el bienestar de México y de la Ciudad de México. Y si no lo hago, que el pueblo me lo reclame”. Básicamente, es un compromiso público de que van a respetar las leyes y trabajar por el bien de todos.

Texto oficial

Artículo 115. Para el caso de aprobación, las y los candidatos designados, nombrados o ratificados rendirán protesta en los siguientes términos: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y las leyes que de ellas emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de (según sea el caso) del (autoridad que corresponda) mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y de la Ciudad de México, y si así no lo hiciere que el pueblo me lo demande.” CAPÍTULO II De la o el Jefe de Gobierno

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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