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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-congreso/148
Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
148

Artículo 148 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 148 fue eliminado oficialmente, así que ya no es parte de esta ley. La nota "Se deroga" significa que dejó de tener validez desde el 13 de julio de 2026, según la publicación oficial del gobierno de la Ciudad de México. Por lo tanto, ya no hay reglas que cumplir sobre lo que antes decía ese artículo, ni aplica para las personas que forman parte del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano. En pocas palabras, ese texto ya no existe legalmente.

Texto oficial

Artículo 148. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 13/07/26 CAPÍTULO XXVII De las y los Consejeros del Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.