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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-congreso/147
Ley
Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
147

Artículo 147 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 147 ya no está vigente, es decir, fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ya no tiene validez legal y no se puede aplicar. En este caso, la derogación fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 13 de julio de 2026. Por lo tanto, ya no debes preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no existe legalmente.

Texto oficial

Artículo 147. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 13/07/26

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.