- Ley
- Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada equipo de diputados (Grupo Parlamentario o Coalición) tiene que elegir a una persona encargada de hablar y coordinarse con la Junta y con los otros equipos. A esa persona se le llama "enlace parlamentario", y el equipo debe avisar por escrito quién es a la Junta. Las reglas para elegir a los jefes y organizar el trabajo dentro de cada equipo las pone el partido político al que pertenecen, siempre y cuando no vayan contra lo que dice esta ley. Si el coordinador del equipo falta, el vicecoordinador lo reemplaza, incluso en las reuniones de la Junta. Además, los Grupos Parlamentarios y Coaliciones son considerados legalmente como una sola persona ante la ley para poder hacer esto.
Texto oficial
Artículo 38. Cada Grupo Parlamentario o Coalición nombrará a una persona que cumplirá con las funciones de enlace con la Junta y los demás Grupos y Coaliciones. Dicho nombramiento recae en la o el enlace parlamentario del Grupo o Coalición al que pertenezca, el cual deberá ser comunicado por escrito a la Junta. El funcionamiento, actividades y los procedimientos para la designación de los cargos directivos dentro de los Grupos Parlamentarios y Coaliciones serán regulados por las normas de sus respectivos partidos cuando pertenezcan a la misma afiliación política y a los lineamientos internos de los respectivos Grupos o Coaliciones, en el marco de las disposiciones de esta ley. Las funciones de la o el Coordinador, en sus ausencias, serán asumidas por la o el Vicecoordinador inclusive en las sesiones de la Junta. Los Grupos Parlamentarios y Coaliciones tendrán para los efectos del párrafo anterior, personalidad jurídica en términos de lo dispuesto por las disposiciones legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.