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Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
77

Artículo 77 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en la Fiscalía, no puedes tener otro empleo en ningún gobierno (federal, local, municipal) ni en empresas privadas, a menos que sea dando clases o con permiso especial de la misma Fiscalía. Tampoco puedes ejercer como abogado por tu cuenta o por encargo de otro. Además, no debes atender casos donde tengas un interés personal, ni ser tutor, cuidador de bienes o manejar herencias, excepto si es de tu familia directa. También te prohíben ser juez en un concurso, notario, corredor, representante legal en juicios o manejar quiebras. Por último, hay más restricciones que están en otras leyes.

Texto oficial

Artículo 77. Incompatibilidades con el Servicio Público En el desempeño de sus funciones, las personas servidoras públicas de la Fiscalía General no podrán: Desempeñar empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en otro ente público federal, local, estatal, organismo autónomo o descentralizado, municipal, de las Alcaldías, poder legislativo o poder judicial, así como trabajos o servicios en instituciones privadas, salvo los de carácter docente y aquellos que autorice la Fiscalía General, siempre y cuando no sean incompatibles con sus funciones en la misma; Ejercer la abogacía por sí o por interpósita persona; Conocer de asuntos cuando pudieran incurrir en conflictos de interés; Ejercer las funciones de tutor, curador o albacea judicial, a no ser que tenga el carácter de heredero o legatario o se trate de sus ascendientes, descendientes, hermanos, adoptante o adoptado; Desempeñar las funciones de depositario o apoderado judicial, síndico, administrador, interventor en quiebra o concurso, notario, corredor, comisionista, árbitro o arbitrador; y Las demás explícitamente señaladas en otras disposiciones legales. Capítulo Segundo Se deroga. Capítulo derogado G.O. CDMX 24/12/25

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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