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Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
76

Artículo 76 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que trabajan en la Fiscalía General deben seguir varias leyes, como las que hablan sobre seguridad pública y responsabilidades de los servidores públicos. Su trabajo incluye varias obligaciones: tienen que luchar contra la impunidad (que los delitos no queden sin castigo), evitar que haya corrupción o delitos dentro de la institución, y hacer su labor de manera eficiente. También deben prohibir el acoso sexual, mantener un ambiente de trabajo sin violencia, y asegurarse de que las víctimas de delitos reciban atención y se les repare el daño. Además, tienen que guardar el secreto de las investigaciones, usar los recursos de manera responsable, denunciar cualquier acto de corrupción, y seguir el Código de Ética de la Fiscalía, entre otras reglas que vienen en el reglamento.

Texto oficial

Artículo 76. Régimen de Responsabilidades de las personas servidoras públicas. Las personas servidoras públicas de la Fiscalía General, estarán sujetas a lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, así como a las disposiciones establecidas en esta Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Son obligaciones de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General: Combatir la impunidad; Evitar la infiltración de conductas delictivas o de corrupción en las Unidades administrativas; Promover la eficiencia y eficacia de la gestión pública; Abstenerse de prácticas de Acoso y Hostigamiento Sexual de cualquier índole al interior de la Fiscalía General, de conformidad con la normatividad aplicable; Favorecer un clima laboral sin violencia de ningún tipo entre las personas servidoras públicas; Garantizar la debida aplicación de los Protocolos de investigación y atención que se emitan para el buen desempeño de la Fiscalía General; Favorecer que las víctimas del delito sean atendidas y se garantice la reparación integral del daño; Garantizar el sigilo de las investigaciones, y evitar filtraciones a personas no autorizadas; Promover el uso eficiente y responsable y la gestión competente de los recursos de la Fiscalía General; Denunciar ante las autoridades competentes hechos de corrupción con apariencia de delito; Cumplir con el Código de Ética de la Fiscalía General, y Las que señale el Reglamento del Régimen Disciplinario y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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