- Ley
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 85
Artículo 85 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía General va a crear un método y reglas claras para revisar cómo se está aplicando el Modelo del que habla la ley. Para eso, va a diseñar un Programa de Evaluación, que es como un plan para checar que todo esté funcionando bien. También va a coordinar a la Unidad de Implementación, que es el equipo encargado de poner en marcha todo esto. En pocas palabras, este artículo dice que la Fiscalía debe tener una forma organizada de medir los resultados y arreglar lo que no funcione.
Texto oficial
Artículo 85. Seguimiento y Evaluación. La Fiscalía General, a fin de dar seguimiento al Modelo diseñará metodologías, políticas y criterios, para su implementación, seguimiento y evaluación, a través de un Programa de Evaluación, que articule la Unidad de Implementación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.