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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-fiscalia-general-justicia/85
Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
85

Artículo 85 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Fiscalía General va a crear un método y reglas claras para revisar cómo se está aplicando el Modelo del que habla la ley. Para eso, va a diseñar un Programa de Evaluación, que es como un plan para checar que todo esté funcionando bien. También va a coordinar a la Unidad de Implementación, que es el equipo encargado de poner en marcha todo esto. En pocas palabras, este artículo dice que la Fiscalía debe tener una forma organizada de medir los resultados y arreglar lo que no funcione.

Texto oficial

Artículo 85. Seguimiento y Evaluación. La Fiscalía General, a fin de dar seguimiento al Modelo diseñará metodologías, políticas y criterios, para su implementación, seguimiento y evaluación, a través de un Programa de Evaluación, que articule la Unidad de Implementación.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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