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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-fiscalia-general-justicia/86
Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
86

Artículo 86 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Fiscalía debe crear un plan para cuidar a sus trabajadores. En ese plan tiene que medir cómo trabajan y qué tan buenos son en su puesto. También debe incluir prestaciones (como aguinaldo o vacaciones) y protegerlos de riesgos en el trabajo, tanto físicos como emocionales. Además, tiene que considerar si hay igualdad entre hombres y mujeres y cómo es el ambiente en la oficina para que sea un lugar sano.

Texto oficial

Artículo 86. Evaluación. La Fiscalía, establecerá un esquema de proyecto de vida para el personal de la institución, que comprenda al menos la evaluación del desempeño, la evaluación de competencias profesionales, así como regímenes de prestaciones y de atención a riesgos laborales y psicosociales, considerando el enfoque de género y el clima laboral. TÍTULO OCTAVO PRESUPUESTO, ADMINISTRACIÓN Y PATRIMONIO Capítulo Único

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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