- Ley
- Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 87
Artículo 87 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía General (la dependencia encargada de investigar delitos) maneja su propio dinero sin que el gobierno le ordene en qué gastarlo. El Congreso no puede darle menos presupuesto que el año anterior, ajustado por inflación, para que siempre tenga suficiente para hacer su trabajo. La Fiscalía prepara su presupuesto y lo envía directo a la Secretaría de Administración y Finanzas, que lo incluye tal cual en el gasto total de la Ciudad de México para que el Congreso lo apruebe. Al hacer su presupuesto, debe seguir reglas de ahorro y meter un apartado especial para promover la igualdad entre hombres y mujeres en su propio personal y en sus servicios. Al final, gasta el dinero siguiendo las instrucciones que dé su propio jefe o jefa.
Texto oficial
Artículo 87. Presupuesto La Fiscalía General, ejercerá su presupuesto con autonomía y garantizará la suficiencia para el oportuno y eficaz cumplimiento de las obligaciones conferidas por la Constitución, sujetos a las previsiones de ingreso de la hacienda pública local. El presupuesto que apruebe el Congreso para la Fiscalía General, no podrá ser menor, en términos reales, al asignado para el año fiscal inmediato anterior y deberá garantizarse la autonomía e independencia funcional y financiera. La Fiscalía General, elaborará su proyecto de presupuesto anual de egresos, el cual será remitido, en ejercicio de su autonomía, directamente a la Secretaría de Administración y Finanzas, para su debida incorporación en sus términos en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, el cual será enviado al Congreso de la Ciudad de México para su aprobación. El proyecto de presupuesto que se presente por parte de la Fiscalía General observará las medidas y disposiciones de austeridad gubernamental en la materia y conforme a las disposiciones que para tal efecto emita la persona Titular de la Fiscalía, con un anexo transversal para el enfoque de género al interior de la Fiscalía, así como en la articulación de sus políticas públicas de servicio. El presupuesto de la Fiscalía General, se ejercerá en términos de las disposiciones en materia de planeación y presupuesto, conforme a las disposiciones que para tal efecto emita la persona Titular de la Fiscalía General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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